
Día del Personal de Casas Particulares
Hoy, 3 de abril, se celebra el Día del Personal de Casas Particulares, por lo que las empleadas domésticas tienen el derecho a no trabajarlo. De decidir trabajar en este día no laborable, deberán recibir un pago doble, según la normativa establecida en la Ley 26.84, oficializada en 2015.
Salarios por categoría
A continuación se detallan los sueldos correspondientes a cada categoría de trabajadoras domésticas para el mes de abril, según la Resolución 1/2025:
Primera categoría
- Supervisor/a, coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Con retiro: Hora $3454,00 - Mensual: $430.878,00
- Sin retiro: Hora $3783,00 - Mensual: $479.950,00
- Personal para tareas específicas, cocineros/as contratados en forma exclusiva y otras tareas del hogar que requieran idoneidad.
- Con retiro: Hora $3270,00 - Mensual: $400.310,00
- Sin retiro: Hora $3585,00 - Mensual: $445.613,00
- Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda.
- Hora: $3089,00 - Mensual: $390.567,00
- Asistencia y cuidado no terapéutico de personas (enfermos, discapacitados, niños, adultos mayores)
- Con retiro: Hora $3089,00 - Mensual: $390.567,00
- Sin retiro: Hora $3454,00 - Mensual: $435.246,00
- Hora $2863,00 - Mensual: $351.233,00 (con retiro)
- Hora $3089,00 - Mensual: $390.567,00 (sin retiro)
Segunda categoría
Tercera categoría
Cuarta categoría
Quinta categoría
Es importante destacar que, en el caso particular de quienes trabajen el Día del Personal de Casas Particulares, el pago por hora se duplicará.